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Calendario fiscal 2020. Corrección de Errores COVID-19

Visto el Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, por el que se declara el estado de alarma para la gestión de la situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19.

Visto el anuncio de cobranza del Calendario Fiscal para el 2020, publicado en el BOP nº 9 de fecha 21 de enero de 2020, dada la excepcionalidad de la situación producida por el COVID-19, el anuncio ha sufrido múltiples variaciones, es por lo que se procede a la publicación del Calendario Fiscal 2020 con las modificaciones acontecidas:

VILAFAMÉS

PRIMER PERIODO

SEGUNDO PERIODO

TERCER PERIODO

CUARTO PERIODO

16 DE MARZO AL 20 DE JUNIO

5 DE MAYO AL 6 DE JULIO

6 DE JULIO AL 7 DE SEPTIEMBRE

15 DE SEPTIEMBRE AL 16 DE  NOVIEMBRE

FECHA ADEUDO RECIBOS  DOMICILIADOS 

Cargo domiciliados 3 de ABRIL

Cargo domiciliados 6 de JUNIO

Cargo domiciliados 6 de AGOSTO

Cargo domiciliados 15 de OCTUBRE

IVTM

IBI URB

IBI RUS ; IAE ; TASAS (alcantarillado, basura, vados, O.V.P. mesas y sillas)

En cuanto a la modalidad, el lugar y las horas de ingreso, el pago de los recibos se hará a través de BANKIA, CAJAMAR, CAJAS RURALES, BANCO SANTANDER, CAIXABANK, BBVA, SabadellCAM, según el horario de caja de cada entidad y a través de Internet en la página del Servicio Provincial de Gestión, Inspección y Recaudación de la Diputación de Castellón en pagos.recaudacion.dipcas.es. Estos documentos de ingreso se remitirán a los domicilios fiscales de los sujetos pasivos que no hayan efectuado la domiciliación bancaria.

(BOP. Núm. 48 de 21 de abril de 2020)