Elaborado el texto del proyecto de la modificación del artículo 5 de la Ordenanza municipal reguladora de la creación y funcionamiento del registro electrónico municipal, se publica en el Portal Web este Ayuntamiento (www.vilafames.org) a fin de dar audiencia a los ciudadanos afectados y recaudar cuántas aportaciones adicionales puedan hacerse por otras personas o entidades durante el plazo de treinta días hábiles a contar desde el día siguiente al de publicación del correspondiente anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia, mediante su presentación en cualquier de los lugares indicados en el artículo 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Modificació ordenança municipal registre electronic